http://www.paho.org/Spanish/AD/GE/guia_equidad.pdf
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c. Igualdad y equidad
Las nociones de igualdad y equidad que orientan la Política de Igualdad de Género de la OPS se articulan, como ya se mencionó, con una visiónde la salud como derecho humano, en la cual la igualdad aparece comoel fin y la equidad como un medio. La igualdad se asocia con principiosde no discriminación en cuanto al ejercicio de derechos, referidos en estecaso particular a la salud y sus determinantes y a la participación en eldesarrollo de la salud. La equidad, por su parte, se basa en principios de justicia social y se refiere a las intervenciones dirigidas a eliminar disparidade ssistemáticas, injustas y evitables entre grupos sociales —mujeres y hombres— respecto al nivel de salud, al acceso a recursos necesarios para su promoción, recuperación y mantenimiento —incluyendo pero no limitándosea la atención de la salud— y a la participación en los procesosde desarrollo de la salud.La noción de necesidad que fundamenta el concepto de equidad en la distribuciónde recursos implica que los recursos se asignen, no con criteriosde igualdad o paridad, sino de diferenciación, conforme a necesidad. Enconsecuencia, la rectificación de inequidades exige que el énfasis en lasasignaciones y las intervenciones privilegie a los grupos más necesitados.Las mujeres, particularmente las pobres y las pertenecientes a poblacionesexcluidas por razones étnicas, de conflicto civil o de desplazamientoforzado, constituyen uno de tales grupos.La comprensión de la igualdad de género a partir de los derechos humanoscomenzó con la Carta de Derechos Humanos de las NacionesUnidas, de 1945, que afirma la igualdad entre los sexos. Según dichaCarta, algunos de estos acuerdos imponen obligaciones a los gobiernossignatarios para promover la igualdad de género, a través de la promociónde la salud de la mujer y la eliminación de las barreras que obstaculizansu logro. 130 estados firmaron la Convención sobre la Eliminaciónde todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) de1979, la cual incluye explícitamente los derechos a la atención de la saludy a la planificación familiar.La CEDAW fue más allá del principio inicial de no discriminación entrelos sexos, para hacer hincapié en el abordaje especial de la discriminacióncontra la mujer en terrenos específicos, dentrándose en la denominada“segunda generación” de los derechos: económicos, sociales y culturales.Es en esta segunda generación donde la atención de la salud se conceptualizacomo un derecho humano. Por ejemplo, el principio del “derechoa la vida” comprende el derecho a no morir en el parto por causa evitables.Este enfoque basado en derechos forma parte integral de las resolucionesde salud adoptadas en la Cuarta Conferencia Mundial sobre laMujer, celebrada en Beijing en 1995.Algunas de las características importantes del enfoque de derechos respectoa la igualdad de género en salud son las siguientes: Las desventajas en materia de salud que experimentan las mujeres son injusticias que infringen los derechos individuales y de grupo. El concepto de derecho a la salud va más allá de la prestación de los servicios, hacia una visión de la salud que incluye el empoderamiento y la participación social.h Aunque la adhesión a estos acuerdos internacionales haya sido voluntaria,los estados signatarios tienen la obligación de emprenderacciones positivas de acuerdo con los problemas que juzguen másapremiantes.
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